Calculadora de peso ajustado.
Peso de referencia, peso ajustado con el criterio de ESPEN (un tercio del exceso) y —lo que casi ninguna calculadora te dice— cuál de los dos debes usar en este paciente.
Los datos no salen de tu navegador: el cálculo se hace aquí mismo y no se envía a ningún servidor.
68,1 + 0,33 × (95 − 68,1) ≈ 77 kg
IMC por encima de 25 (sobrepeso u obesidad), así que procede ajustar. Usa 77 kg para estimar los requerimientos proteicos, no los 95 kg reales.
Estimación poblacional para el cálculo de requerimientos nutricionales. No es un objetivo de peso para el paciente ni una referencia para dosificar fármacos. El criterio clínico es tuyo.
Por qué existe el peso ajustado
Cuando se estiman requerimientos en gramos por kilo, el peso total de un paciente con obesidad no es una base fiable: el tejido adiposo no tiene la misma demanda metabólica que el tejido magro. Aplicar 1,6 g/kg sobre 130 kg reales devuelve una cifra que ni es necesaria ni suele ser alcanzable en la práctica. El peso ajustado corrige eso sumando al peso de referencia una parte del exceso de peso: ESPEN asume que en torno a un tercio de ese exceso es tejido metabólicamente activo.
Las dos fórmulas, sin misterio
El ajuste se aplica en cuanto el IMC pasa de 25 (sobrepeso u obesidad), como en la guía ESPEN/UEG de 2022. Con un IMC de 25 o menos se trabaja con el peso real. Como el ajuste parte justo del peso de referencia, no hay saltos: un kilo más en el umbral cambia el resultado en un tercio de kilo, no de golpe.
Tres cosas que este número no es
- No es un objetivo de peso. Es una referencia poblacional para hacer un cálculo, no una meta terapéutica ni un juicio sobre el cuerpo de nadie.
- No sirve para dosificar fármacos. Cada medicamento tiene su regla —peso real, peso magro o superficie corporal— y esa decisión es médica o farmacéutica.
- No sustituye a medir. Si tienes pliegues, bioimpedancia o DEXA, la masa libre de grasa medida es mejor base que cualquier fórmula derivada de la altura.
En consulta de TCA: no traslades esta cifra al paciente. Comunicar un «peso ideal» a alguien con un trastorno de la conducta alimentaria puede ser iatrogénico. El número es una herramienta de cálculo para ti, no material de consulta.
Referencias: guía ESPEN/UEG de obesidad en enfermedad digestiva y hepática (Bischoff et al., Clin Nutr 2022;41:2364-2405, recomendación 17): peso de referencia con IMC 25 y un tercio del exceso, en sobrepeso u obesidad. Misma definición en ESPEN nutrición hospitalaria (Thibault 2021) y paciente crítico (Singer 2019). Otras referencias usan 0,25 (calculadora de la SEEN; KDOQI 2020, que lo da como no validado en ERC), y ASPEN/SCCM (2016), en el paciente crítico, no recomienda el peso ajustado. El peso de referencia es una estimación poblacional y no está validado para tallas extremas.
En la consulta, este ajuste se aplica solo en cada plan
No tienes que acordarte del umbral ni rehacer la cuenta paciente a paciente: al calcular los objetivos, Aproveche, el software para dietistas-nutricionistas colegiados, usa el peso ajustado cuando procede y el peso real cuando no. Tú revisas el plan y lo firmas.
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